A-444/26 de 2026
Ponente Vladimir Fernández Andrade
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 009 Administrativo de Neiva y Juzgado 004 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, suscitado por la presentación de una solicitud de ejecución de una providencia judicial, por parte de la Nación – Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, en contra de una ciudadana, para que se libre mandamiento de pago por el valor fijado en el auto que determinó unas costas procesales debidamente liquidadas y aprobadas en un proceso anterior de nulidad y restablecimiento del derecho.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena advierte que la solicitud orientada al cobro de las costas procesales fue presentada directamente ante el Juzgado 009 Administrativo de Neiva, mismo despacho que conoció del proceso en primera instancia.
Al verificar que la solicitud de ejecución se promovió dentro del mismo proceso, se reitera lo dispuesto en Auto 008/22, según el cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.